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España mejora el estatus jurídico de los animales

El Congreso aprueba la reforma del Código civil para que los animales dejen de ser considerados cosas y sean reconocidos como seres vivos “sintientes”.

Los amantes de los animales terminamos con buenas noticias este 2017. Después de numerosas demandas de asociaciones, representantes sociales e instituciones en defensa de los derechos de nuestros amigos peludos, el Congreso ha aprobado por unanimidad la modificación del Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria. El objetivo: lograr que los animales dejen de considerarse bienes inmuebles y sean reconocidos jurídicamente como seres vivos dotados de sensibilidad.

La votación, con todas las papeletas a favor, supone la admisión a trámite de una Proposición de Ley inspirada por una iniciativa popular. Aunque aún tiene que superar el periodo de presentación de enmiendas y la aprobación en el Senado, se prevé su entrada en vigor en mayo de 2018.

El pasado jurídico de los derechos de los animales en España

La iniciativa permite que España siga la estela de otros países como Alemania, Francia, Portugal o Suiza en favor de una mayor protección animal. Pero, hasta ahora, todas las consideraciones jurídicas relacionadas con estos seres vivos se han regido por una norma del siglo XIX. Según la documentación legal, los animales domésticos son bienes muebles/inmuebles, susceptibles de embargo o de ser tomados como objetos en casos de herencia o divorcios. En definitiva, España lleva dos siglos otorgando a las mascotas el estatus de simples objetos.

La Proposición de Ley propone cambios en:

  • El Código Civil, para instaurar la idea de que los animales no son cosas. Se busca marcar la diferencia entre la naturaleza de las mascotas y la de las plantas y los objetos del hogar. Para ello, se necesita modificar el artículo 333 del Código Civil y concretar que los animales son seres vivos “sintientes”. Además, se incluirán otras consideraciones como que los dueños deben “asegurar su bienestar” y recordar que “el derecho de uso no ampara el maltrato”. En este sentido, en el 2003, el Código Penal ya introdujo la distinción entre los daños ocasionados a los animales y los cometidos contra los objetos.
  • La Ley Hipotecaria. El objetivo es impedir que nuestros amigos peludos sean incluidos en las hipotecas de una explotación ganadera, industrial o de recreo, o de una vivienda familiar. La modificación se debe incluir en el artículo 11 de la Ley.
  • La Ley de Enjuiciamiento Civil. En el artículo 605, se incorporará la condición de “inembargables” para los animales.

Un avance histórico en favor de la protección animal

Las primeras reacciones, después de años de lucha, no se han hecho esperar. Partidos políticos, protectoras, asociaciones y entidades animalistas ponen de manifiesto la importancia y la urgencia de esta modificaciónde las leyes. En la práctica, este nuevo estatus jurídico como sujetos de derecho supone un paso importante para los derechos de los animales. De antemano, permitirá que sea el propio interés de los animales el que prevalezca en casos de litigios, divorcios, maltrato, etc. Nada mal ¿verdad?

*Artículo publicado en Vivirentremascotas.com el 14 de diciembre de 2017.

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